Micelio

Artículo 3

El Comité Local Para La Prevención Y Atención De Desastres Del Municipio De Tumaco Y El Comité Regional Para La Prevención Y Atención De Desastres Del Departamento De Nariño Elaborarán, Con Base En El Plan Nacional Para La Prevención Y Atención De Desastres, Un Plan De Acción Específico Para El Manejo De La Situación De Desastre Declarada En El Presente Decreto, Que Será De Obligatorio Cumplimiento Para Todas Las Entidades Públicas Y Privadas Que Deban Contribuir A Su Ejecución

Decreto 505 de 2009 · por el cual se declara la existencia de una situación de desastre municipal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Comité Local para la prevención y atención de desastres del municipio de Tumaco y el Comité Regional para la prevención y atención de desastres del departamento de Nariño elaborarán, con base en el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, un plan de acción específico para el manejo de la situación de desastre declarada en el presente decreto, que será de obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas y privadas que deban contribuir a su ejecución. Dicho Plan deberá contener, entre otras acciones, las siguientes

1.

Asistencia Humanitaria.

2.

Recuperación de vivienda (Averiada y destruida).

3.

Administración y manejo de albergues y/o subsidios de arrendamiento temporal.

4.

Subsidios para la pérdida de cultivos y semovientes.

5.

Acciones prioritarias de saneamiento básico, con énfasis en suministro de agua potable y tratamiento de excretas.

6.

Salud integral, control y vigilancia epidemiológica.

7.

Reactivación económica y social de la zona.

8.

Definición de las acciones y obras de Prevención y mitigación en la zona.

Parágrafo

Como temas transversales en el Plan de acción, se deben tener en cuenta

1.

La Coordinación de las acciones del Sistema por parte de la Dirección de Gestión de Riesgo para la Prevención y Atención de Desastres con el respectivo Comité Regional y Local.

2.

Mantener clara y oportuna información pública del desarrollo del Plan.

3.

Activar las redes de comunicaciones que sean necesarias.

4.

Activar las acciones necesarias de logística y donaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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