Micelio

Artículo 2

Ley 61 de 1911 · por la cual se concede una autorización al Gobierno sobre rebaja de pena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Lo dispuesto en el artículo anterior no comprende á ningún individuo complicado en la separación de Panamá, á los reincidentes de delitos graves, á los reos como autores de delitos atroces, ni aquellos á quienes se haya conmutado la pena capital por la inmediatamente inferior en la escala penal, así como tampoco á los que, suprimida la pena de muerte, hayan sido condenados á la que la reemplace.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 61 de 1911