Micelio

Artículo 7

Las Entidades Encargadas De Efectuar El Estudio De Las Solicitudes De Adjudicación, Podrán Solicitar De Los Aspirantes Las Aclaraciones, Datos Complementarios Y Documentos Que Consideren Necesarios Para Juzgar Del Mérito Del Trabajo Ejecutado O De Su Autenticidad

Decreto 550 de 1941 · Por el cual se reglamenta el artículo 3° de la Ley 100 de 1937

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las entidades encargadas de efectuar el estudio de las solicitudes de adjudicación, podrán solicitar de los aspirantes las aclaraciones, datos complementarios y documentos que consideren necesarios para juzgar del mérito del trabajo ejecutado o de su autenticidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 550 de 1941