Micelio

Artículo 19

Decreto 3541 de 1983 · Por el cual se introducen modificaciones al régimen del impuesto sobre las ventas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El período fiscal del impuesto sobre las ventas será

a)

Bimestral, para los productores y exportadores con derecho a devoluciones.

b)

Anual, para los demás responsables.

Parágrafo

En el caso de liquidación durante el ejercicio, el período fiscal se regirá por lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 52 de 1977. Cuando se inicien actividades durante el ejercicio, el período fiscal será el comprendido entre la fecha de Iniciación de actividades y la fecha de finalización en el respectivo período.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3541 de 1983