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Artículo 1

Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1973: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Educación Nacional Capítulo 281 Ministerio De Educación Nacional Programa 323 Educación De Adultos

Decreto 607 de 1973 · Por el cual se hace una distribución en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerio de Educación Nacional), por la suma de $ 2.000.000.00

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1973: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Educación Nacional Capítulo 281 Ministerio de Educación Nacional Programa 323 Educación de adultos. Transferencias 203 317 412. Artículo 3304. Realización de programas especiales de Educación de Adultos en zonas marginales en cooperación con fundaciones privadas y otras entidades de derecho público $2.000.000. Que se distribuye así: Ordinal

1.

Programa de alfabetización en los territorios misionales $ 728.000 Ordinal

2.

Censo Latinoamericano sobre Educación Funcional para campesinos adultos Ministerio de Educación UNESCO - CREFAL- 250.000 Ordinal

3.

Viáticos y gastos de viaje (En desarrollo del programa Colombia Organización de Estados Americanos, cursos para maestros del sector rural) 120.000 Ordinal

4.

Materiales y suministros (Para los centros de alfabetización del sector rural) 200.000 Ordinal

5.

Impresos y publicaciones (Para organizar salas de lectura en el sector rural). 250.000 Ordinal

6.

Para atender al pago de 109 maestros educadores de adultos para el sector rural 436.000 Ordinal

7.

Para atender los gastos que demanda la realización de cursos para directivos responsables del programa en el Sector Rural 16.000 Total $ 2.000.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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