Artículo primero . A partir del primero (1º) de noviembre del año en curso, el personal y asignaciones mensuales de los Juzgados de Menores de Bogotá, será como sigue: JUZGADO CIVIL DE MENORES 1 Juez $ 1.100.00 1 Secretario 460.00 1 Oficial Mayor 345.00 2 Delegados de Estudio, cada uno 345.00 1 Portero Vigilante 230.00 1 Oficial de Contabilidad 345.00 JUZGADO DE PROTECCION Y REHABILITACION DE MENORES 1 Juez a $ 1.100.00 1 Secretario 460.00 1 Oficial Mayor 345.00 2 Visitadores Sociales, cada uno 345.00 1 Portero Vigilante 230.00
Decreto 2331 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2331 de 1957 · Por el cual se fija el personal y asignaciones de los Juzgados de Menores de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.