Micelio

Artículo 1

Decreto 2331 de 1957 · Por el cual se fija el personal y asignaciones de los Juzgados de Menores de Bogotá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . A partir del primero (1º) de noviembre del año en curso, el personal y asignaciones mensuales de los Juzgados de Menores de Bogotá, será como sigue: JUZGADO CIVIL DE MENORES 1 Juez $ 1.100.00 1 Secretario 460.00 1 Oficial Mayor 345.00 2 Delegados de Estudio, cada uno 345.00 1 Portero Vigilante 230.00 1 Oficial de Contabilidad 345.00 JUZGADO DE PROTECCION Y REHABILITACION DE MENORES 1 Juez a $ 1.100.00 1 Secretario 460.00 1 Oficial Mayor 345.00 2 Visitadores Sociales, cada uno 345.00 1 Portero Vigilante 230.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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