Micelio

Artículo 1

Hácense Las Siguientes Supresiones En El Ramo De Telégrafos Del Ministerio De Comunicaciones: La Plaza De Radiooperador De Arauquita, Con Asignación Mensual De $ 330

Decreto 2057 de 1953 · Por el cual se hacen unas supresiones y se modifican unas asignaciones en el Ministerio de Comunicaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense las siguientes supresiones en el ramo de Telégrafos del Ministerio de Comunicaciones: La plaza de Radiooperador de Arauquita, con asignación mensual de $ 330.00 La plaza de Radioperador de Puerto Rondón, con asignación mensual de 330.00 Suman $ 660.00

Parágrafo

Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 108, artículo 1782 del Presupuesto de la actual vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2057 de 1953