Micelio

Artículo 125

El Presente Decreto Deroga El Decreto 2107 Del 2001, Excepto Los Artículos 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 Y 38 Y, Parcialmente El Artículo 28 En Lo Que Se Refiere A La Clase, Categoría Y Código, Los Cuales Continuarán Vigentes Y Sin Modificación Alguna; El Decreto 2408 De 1999, El Decreto 1384 De 2002, El Decreto 3521 De 2003 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

Decreto 4000 de 2004 · por el cual se dictan disposiciones sobre la expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de migración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Decreto deroga el Decreto 2107 del 2001, excepto los artículos 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 y, parcialmente el artículo 28 en lo que se refiere a la clase, categoría y código, los cuales continuarán vigentes y sin modificación alguna; el Decreto 2408 de 1999, el Decreto 1384 de 2002, el Decreto 3521 de 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4000 de 2004