Micelio

Artículo 15

De Las Funciones De La Dirección De Desarrollo Industrial

Decreto 2152 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 15. De las Funciones de la Dirección de Desarrollo Industrial.- La Dirección de Desarrollo Industrial cumplirá las funciones que a continuación se detallan

1.

Asistir al Ministro en la formulación de las políticas, planes y programas sobre industria y tecnología;

2.

Propender por la ejecución, coordinar y evaluar, los planes y programas de Desarrollo Industrial y Tecnológico y formular recomendaciones;

3.

Analizar la incidencia de la política económica general en la industria y proponer recomendaciones;

4.

Estudiar y propender por el desarrollo de instrumentos financieros con el fin de asegurar la continua disponibilidad de recursos destinados a la promoción de investigación y desarrollo tecnológico industrial;

5.

Coordinar acciones conjuntas con las demás entidades del Estado en materia de la política de desarrollo industrial y tecnológico;

6.

Fomentar las tareas de investigación y desarrollo relacionadas con los sectores productivos;

7.

Apoyar técnica e institucionalmente el desarrollo de sistemas de información nacional y su interconexión con los sistemas internacionales en materia tecnológica;

8.

Participar activamente en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología;

9.

Coordinar las labores de cada una de las Divisiones;

10.

Desarrollar las demás actividades que le asigne la ley o el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2152 de 1992