Micelio

Artículo 64

Las Actividades De Control Y Seguimiento De Beneficiarios, En Los Programas De Atención A Grupos Específicos, Tales Como: Hipertensos, Diabéticos, Crecimiento Y Desarrollo, Atención Prenatal, Higiene Mental, Higiene Industrial, Salud Ocupacional, Realizadas Por Profesionales De La Salud En Las Áreas De Enfermería, Trabajo Social, Salud Mental, Optometría, Nutrición Y Terapias, Serán Pagados Por El Instituto, Así: 39153 Actividad De Control Y Seguimiento De Beneficiarios En Programas De Atención A Grupos Específicos $ 330

Decreto 2747 de 1989 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 64. Las actividades de control y seguimiento de beneficiarios, en los programas de atención a grupos específicos, tales como: hipertensos, diabéticos, crecimiento y desarrollo, atención prenatal, higiene mental, higiene industrial, salud ocupacional, realizadas por profesionales de la salud en las áreas de Enfermería, Trabajo Social, Salud Mental, Optometría, Nutrición y Terapias, serán pagados por el Instituto, así: 39153 Actividad de control y seguimiento de beneficiarios en programas de atención a grupos específicos $ 330

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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