Evaluación y control. El Ministerio de Salud y la Protección Social o la Superintendencia Nacional de Salud y las autoridades indígenas, según el caso, ejercerá la evaluación y control sobre los aspectos relativos a
Número de pacientes atendidos.
Acciones médico-quirúrgicas.
Suministros e insumos hospitalarios gastados.
Causa de egreso y pronóstico.
Condición del paciente frente al ente hospitalario.
El efectivo pago al prestador.
Negación de atención oportuna por parte de prestadores o aseguradores.
Las condiciones de Calidad en la atención por parte de IPS, EPS o regímenes exceptuados.
Los demás factores que constituyen costos del servicio, de conformidad con lo dispuesto en este decreto que tengan que ver con víctimas indígenas.