º . Establecer un arancel del cero por ciento (0%) a las importaciones de los productos clasificados por la subpartida arancelaria 8439.30.00.00 y del diez por ciento (10%) a las importaciones de los productos clasificados por la subpartida arancelaria 8502.39.10.00.
Decreto 2923 de 2008 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2923 de 2008 · por el cual se modifica el Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.