º Los recursos a que se refiere este Decreto se depositarán y manejarán separadamente de los demás recursos de la respectiva caja o entidad, en cuenta especial.
Decreto 2848 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º Los Recursos A Que Se Refiere Este Decreto Se Depositarán Y Manejarán Separadamente De Los Demás Recursos De La Respectiva Caja O Entidad, En Cuenta Especial
Decreto 2848 de 1985 · Por el cual se reglamenta el literal c) del artículo 1° del Decreto legislativo 232 de 1988
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.