Micelio

Artículo 1

Ley 24 de 1970 · por la cual se hace la cesión de un predio a favor de la Fundación "Arthur Stanley Gillow".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno Nacional para que, por conducto del Ministerio de Defensa, ceda y traspase, a título gratuito, a favor de la Fundación "Arthur Stanley Gillow", domiciliada en Bogotá, un lote de terreno ubicado en la misma ciudad que forma parte de los terrenos del Cantón Norte en predios de la zona anexada de Usaquén, destinados al Ministerio de Defensa, distinguido por los siguientes linderos: por el Norte en una longitud de veintiséis (26) metros con treinta (30) centímetros con la calle 101 y en una longitud de veintitrés (23) metros con propiedad del Ministerio de Defensa, por el Oriente, en una longitud cuarenta y siete (47) metros con cuarenta y siete (47) centímetros con propiedad del citado Ministerio, por el Sur, en una longitud de cincuenta y cinco (55) metros con ochenta (80) centímetros con la hacienda "El Chicó", herederos de José María Sierra, hoy urbanización "El Chicó del Norte"; por el Occidente, en una longitud de cuarenta (40) metros con noventa (90) centímetros con terrenos de herederos de Jorge Vargas Heredia, hoy urbanización "El Rincón del Chicó", con una cabida total de 3.575.20 varas cuadradas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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