Micelio

Artículo 2

Ley 50 de 1877 · Que honra la memoria del Jeneral Joaquín Riascos i concede una pensión a su viuda e hijos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Concédese del Tesoro nacional a la señora viuda i a los hijos menores del Jeneral Riáscos, una pensión de ochenta pesos ($80) mensuales.

§. Esta pension será divisible por iguales partes entre los agraciados, i caducará respecto de los hijos cuando cumplan la mayor edad. Esta disposicion de caducidad no comprende a los que actualmente padecen demencia, mientras ésta subsista, aunque salgan a la mayor edad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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