Micelio

Artículo 2

Decreto 1496 de 1975 · Por el cual se aprueba el acuerdo número 6 de 14 de octubre de 1974, del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca -CVC-

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Delimitase como zona forestal protectora la demarcada con las letras A, B, C, D, E, F, en el plano a escala 1:50 000 del Instituto Geográfico Agustín Ccdazzi, que se anexa al presente Acuerdo y hace parte integrante de él, zona ubicada en la vereda de Peón, Corregimiento del mismo nombre, jurisdicción del Municipio de Jamundí, Departamento del Valle del Cauca, la cual tiene un área de 600 hectáreas y está comprendida por los siguientes linderos: Tomando como punto de partida el nacimiento de la quebrada Las Delicias en el sitio denominado Tocanubes (A), se sigue esta quebrada, aguas abajo, hasta, encentrar el punto de confluencia con la quebrada Hoyo Frío (B); de este punto se sigue en línea recta con rumbe directo hasta encontrar un mojón ubicado en el morro denominado de Los Micos (C); de este punto se sigue en línea recta, con rumbo Suroeste hasta encontrar la casa denominada de La Mina a orilla de la quebrada del mismo nombre (D); de aquí se sigue por la quebrada La Mina, aguas arriba hasta su nacimiento, cerca a la cuchilla de Chontaduro (E); de aquí, con rumbo Oeste se sigue 200 metros, hasta encontrar un mojón ubicado en la cuchilla Chontaduro (F); de este punto se sigue por la cuchilla arriba con rumbo Noroeste hasta encontrar el punto de origen (A).

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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