Micelio

Artículo 14

Los Aspirantes Que Formulen Sus Solicitudes De Admisión De Conformidad Con Lo Previsto En Los Artículos Anteriores, Serán Sometidos A Los Siguientes Exámenes Para La Selección Del Personal: 1°

Decreto 945 de 1940 · Orgánico de la Escuela de Policía General Santander

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los aspirantes que formulen sus solicitudes de admisión de conformidad con lo previsto en los artículos anteriores, serán sometidos a los siguientes exámenes para la selección del personal: 1°. Medico, para determinar el estado de salud y la capacidad del interesado para prestar el servicio de Policía y hacer la vida en comunidad. Este examen se practicara en la Sección de sanidad de la Policía Nacional. 2°. Odontológico, para determinar el estado de la dentadura del aspirante. Este examen lo practicara dicha Sección de Sanidad. 3°. Psicológico, de desarrollo y capacidades intelectuales y de aptitud profesional, para establecer si el aspirante posee la preparación Intelectual, la aptitud profesional, la formación moral y la vocación necesaria para prestar en forma eficaz el servicio público de Policía. Este examen se practicara en el laboratorio de fisiología de la facultad de medicina de la universidad Nacional. Es entendido que este último solo se practicara a los aspirantes que en el examen médico-serológico hayan sido declarados aptos para prestar el servicio de Policía, y para la vida en comunidad. Los demás quedaran eliminados de plano. 4° Admisión en la Escuela

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 945 de 1940