º Vótanse veinticinco mil pesos ($ 25,000) como auxilio nacional que se invertirán en las obras que el Municipio está construyendo para inaugurar en esa fecha, así: para el Palacio Municipal o de Gobierno, cinco mil pesos ($ 5,000); para la avenida Anselmo Pineda y un busto en bronce a su memoria, cinco mil pesos ($ 5,000); para el alcantarillado y acueducto municipales, cinco mil pesos ($ 5,000); para las demás obras del centenario, como la Exposición Industrial y Agropecuaria, planta eléctrica, etc., cinco mil pesos ($ 5,000), y para el hospital en construcción, cinco mil pesos ($ 5,000).
Ley 101 de 1938 →Vigente
Artículo 2
Ley 101 de 1938 · por la cual se asocia la Nación a la celebración de un centenario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.