Micelio

Artículo 13

De Conformidad Con El Artículo 6º Del Decreto 1650 De 2014, Los Servidores Que Ocupaban Los Empleos De Alto Consejero Presidencial, Código 1180 Y Secretario De Prensa Código 1160 En El Departamento Administrativo De La Presidencia De La República Y Accedieron A Los Empleos De Consejero Presidencial, Código 1175 O Director De La Presidencia Código I O Ii Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Continuarán Con La Remuneración Mensual Que Percibían A 31 De Diciembre De 2015, Reajustada En El 7

Decreto 218 de 2016 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con el artículo 6º del Decreto 1650 de 2014, los servidores que ocupaban los empleos de Alto Consejero Presidencial, código 1180 y Secretario de Prensa código 1160 en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y accedieron a los empleos de Consejero Presidencial, código 1175 o Director de la Presidencia código I o II del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, continuarán con la remuneración mensual que percibían a 31 de diciembre de 2015, reajustada en el 7.77% y con los demás beneficios salariales y prestacionales que se les viene reconociendo, hasta que cambien de empleo o se retiren del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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