Los “centros de conservación” podrán acceder a incentivos económicos financiados entre otros, con recursos provenientes de:
Aportes de las Autoridades ambientales y entidades públicas del sector ambiente.
El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible reglamentará los criterios para acceder a los incentivos económicos mencionados en el presente artículo. En ningún caso se dispondrán recursos públicos para fauna exótica o foránea, que conlleve amenaza o riesgo a poblaciones nativas.
Los incentivos económicos previstos en el presente artículo deben ser acordes con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y Marco de Gasto de Mediano Plazo vigente.