Micelio

Artículo 18

Subdirección Financiera

Decreto 276 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Financiera . Son funciones de la Subdirección Financiera las siguientes

1.

Dirigir y coordinar la definición de políticas, estrategias, mecanismos e instrumentos para el manejo del portafolio de inversiones, captación de ahorro, las operaciones de crédito público interno y externo y demás fuentes de financiación.

2.

Coordinar la realización de estudios económicos y financieros que permitan explorar nuevas fuentes de recursos y medir la incidencia que tenga sobre el Instituto, las políticas económicas que se implanten en el país.

3.

Propiciar, establecer y mantener contactos permanentes con las instituciones del sistema financiero nacional e internacional, organismos del Estado y demás entidades que se relacionen con la gestión de provisión, utilización y control de los recursos financieros del Instituto.

4.

Coordinar la elaboración del Plan Anual Mensualizado de Caja, PAC.

5.

Dirigir, coordinar y controlar las actividades presupuestales, contables y de tesorería del Instituto y proponer los reglamentos que se deben seguir para el manejo de las operaciones financieras del Instituto.

6.

Responder por el oportuno y correcto registro contable de las operaciones financieras que realice el Instituto, de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia.

7.

Orientar y responder por la rendición de informes y cuentas establecidos por las normas administrativas y fiscales vigentes.

8.

Responder por la ejecución de las políticas, programas y proyectos de provisión y utilización de los recursos económicos del Instituto.

9.

Coordinar, con la Secretaría General y la Oficina Asesora de Planeación, la elaboración del anteproyecto anual de presupuesto de los programas de inversión y funcionamiento, la incorporación de nuevos proyectos al Banco de Proyectos del Departamento Nacional de Planeación y la distribución de recursos por Dirección Territorial.

10.

Proponer políticas y estrategias para los programas dé crédito educativo, en coordinación con la Subdirección de Crédito y Cartera.

11.

Responder conjuntamente con la Subdirección de Crédito y Cartera por la gestión y trámite oportuno de los giros con destino a instituciones de educación superior o directamente a los beneficiarios, según el caso, por concepto de créditos educativos otorgados.

12.

Proponer y desarrollar estrategias que faciliten el desarrollo de una cultura de servicio y propendan por la calidad del mismo, en un entorno proactivo y de mejoramiento continuo.

13.

Presentar propuestas sobre los fondos de inversión, efectuar los análisis de rendimiento de los mismos y si se constituyen ejercer el control sobre los ingresos y vencimientos.

14.

Realizar las colocaciones financieras, el seguimiento, monitoreo y control de las inversiones.

15.

Elaborar los estudios para proponer los planes, programas y demás acciones relacionados con la gestión financiera del Fondo en coordinación con la Subdirección de Fondos en Administración.

16.

Administrar, promocionar y llevar el control de la redención del Título de Ahorro Educativo, TAE.

17.

Mantener actualizados los sistemas de información de análisis financieros y para la presentación y análisis oportuno de los estados financieros a la Dirección General y a los organismos de control internos y externos.

18.

Proponer, ejecutar y evaluar todo lo relacionado con los aspectos financieros de la Entidad.

19.

Dirigir y coordinar la conciliación de la información presupuestal, contable y de tesorería, a través de las cuales se logre precisión en la información financiera.

20.

Proponer y desarrollar estrategias que faciliten el desarrollo de una cultura de servicio y propendan por la calidad del mismo, en un entorno proactivo y de mejoramiento continuo.

21.

Dirigir las actividades relacionadas con el registro y control de las operaciones presupuestales.

22.

Diseñar, proponer y aplicar metodologías, mecanismos e instrumentos requeridos para el registro y control de las operaciones presupuestales.

23.

Gestionar, tramitar y controlar las modificaciones, traslados, compromisos y ejecución del presupuesto y del Plan Anual Mensualizado de Caja, PAC, de conformidad con las disposiciones vigentes.

24.

Responder por la calidad en el registro y control de las operaciones presupuestales.

25.

Proponer y desarrollar estrategias que faciliten el desarrollo de una cultura de servicio y propendan por la calidad del mismo, en un entorno proactivo y de mejoramiento continuo.

26.

Coordinar con las demás dependencias las acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

27.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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