Micelio

Artículo 37

Ley 6 de 1922 · Por la cual se reforma la 72 de 1919 sobre asignaciones a los empleados ocasionales y se dictan otras disposiciones de carácter fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal de las obras públicas nacionales de la capital, será el siguiente, con los jornales máximos que a continuación se expresan:

Dos Inspectores Generales , hasta $ 3 diarios cada uno; un Jefe de Locativas , hasta $ 3- 50 diarios; un dibujante hasta $ 2 diarios; cada Administrador de obras, hasta $ 2 - 50 diarios ; un vigilante para cada obra, hasta $ 1-20 diarios; un Receptor de materiales, hasta $ 1-80 diarios; un Sobrestante para cada obra , hasta $ 1- 20 diarios.

Los maestros, oficiales y peones tendrán el jornal correspondiente a la clase de trabajo que ejecuten.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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