º El presente Decreto revoca la autorización otorgada mediante Resolución número 02930 del 26 de junio de 1990 del Ministro de Hacienda y Crédito Público y rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público, según lo establece el artículo 19 de la Ley 78 de 1989. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 14 de abril de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ad Hoc, Héctor Cadena Clavijo.
Artículo 3
º El Presente Decreto Revoca La Autorización Otorgada Mediante Resolución Número 02930 Del 26 De Junio De 1990 Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Y Rige A Partir De La Fecha De Publicación En El Diario Oficial, Requisito Que Se Entiende Cumplido Con La Orden Impartida Por El Director General De Crédito Público, Según Lo Establece El Artículo 19 De La Ley 78 De 1989
Decreto 648 de 1992 · por el cual se concede una autorización al Gobierno Nacional para gestionar la contratación de un empréstito externo hasta por la suma de US 20.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.