De la conformación de los Subcomités Técnicos del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas. De conformidad con lo dispuesto en el
del artículo 165 de la Ley 1448 de 2011, el Comité Ejecutivo contará con los siguientes subcomités técnicos, en calidad de grupos de trabajo interinstitucional, encargados del diseño e implementación de la política pública de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas. Los subcomités serán los siguientes
Subcomité de Coordinación Nacional y Territorial.
Subcomité de Sistemas de Información.
Subcomité de Atención y Asistencia.
Subcomité de Medidas de Rehabilitación.
Subcomité de Reparación Colectiva.
Subcomité de Restitución.
Subcomité de Indemnización Administrativa.
Subcomité de Medidas de Satisfacción.
Subcomité de Prevención, Protección y Garantías de no Repetición.
Subcomité de Enfoque Diferencial.
El Comité Ejecutivo podrá conformar nuevos subcomités o ajustar los existentes, para garantizar el adecuado diseño e implementación de la política pública de prevención, asistencia, atención y reparación integral a las víctimas.