Micelio

Artículo 6

Aportes Pensionales

Decreto 2090 de 2015 · por el cual se establecen las reglas para la asunción de la función pensional de las Teleasociadas y de Telecom.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aportes pensionales. El Patrimonio Autónomo Pensional (PAP) podrá continuar efectuando las cotizaciones a pensión a nombre de los pensionados de las Empresas Teleasociadas Liquidadas y de Telecom, los cuales deberán ser girados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional en su condición de administrador de los recursos del Fondo Común de Naturaleza Pública (Foncap). La imputación de las semanas que sean cotizadas deberá ser efectuada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). De la misma manera, el Patrimonio Autónomo de Remanentes (PAR) deberá realizar el pago de los aportes pensionales correspondientes a los períodos en que la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (Caprecom) tenía a su cargo la función de administradora del Régimen de Prima Media con Prestación Definida, los cuales deberán ser girados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional como administrador del Fondo Común de Naturaleza Pública (Foncap). Igualmente deberá pagar los aportes de pensión que se deben efectuar a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) o a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones). Para efectos de compartibilidad con la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), el Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (Fopep), continuará efectuando las cotizaciones al Sistema General de Pensiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2090 de 2015