Micelio

Artículo 6

Inscripción

Ley 2179 de 2021 · Por la cual se crea la categoría de Patrulleros de Policía, se establecen normas relacionadas con el régimen especial de carrera del personal uniformado de la Policía Nacional, se fortalece la profesionalización para el servicio público de policía y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De acuerdo a la convocatoria que efectúe el Director General de la Policía Nacional, podrán inscribirse los aspirantes que cumplan los siguientes requisitos:

1.

Ser colombiano de nacimiento.

2.

No haber sido condenado penalmente, ni estar vinculado formalmente a investigaciones por violaciones a Derechos Humanos.

3.

No tener antecedentes disciplinarios o fiscales vigentes.

4.

Acreditar el título de bachiller, técnico profesional, tecnólogo o profesional de acuerdo a la convocatoria.

5.

No contar con multas vigentes en el Registro Nacional de Medidas Correctivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2179 de 2021