Micelio

Artículo 7

)

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

2.12.3.2.4. Creación . La creación de mercados mayoristas estará sujeta a los planes de Desarrollo Urbanístico del departamento, distrito o municipio, según el caso, respaldada con los estudios de factibilidad económica, social y financiera, los cuales contemplarán, entre otros, los siguientes aspectos

1.

Su ámbito regional y su zona de influencia.

2.

Localización periférica de fácil acceso.

3.

Zonas de parqueo, cargue y descargue.

4.

Áreas adecuadas de circulación interna.

5.

Instalaciones o espacios, adecuados que faciliten las actividades de comercialización mayorista y agroindustrial.

6.

Instalaciones o espacios asignados a productores agropecuarios.

7.

Servicios complementarios a los mercados mayoristas. (Decreto número 397 de 1995, artículo 7°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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