Micelio

Artículo 1

Modificación De Artículo 2

Decreto 200 de 2020 · por el cual se modifican los artículos 2.2.2.17.3.1.2.2.2.17.3.2. y 2.2.2.17.5.10. del decreto número 1074 de 2015, Único Reglamentario del sector comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modificación de artículo 2.2.2.17.3.1. del Decreto número 1074 de 2015. Modifíquese el artículo 2.2.2.17.3.1. del Decreto número 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio Industria y Turismo, el cual quedará así: “Artículo 2.2.2.17.3.1. Dela función de llevar el Registro Abierto de Avaluadores. Una Entidad Reconocida de Autorregulación (ERA) podrá optar por desarrollar las funciones básicas de la autorregulación o podrá, en adición a ellas, solicitar el reconocimiento de la función de llevar el Registro Abierto de Avaluadores (RAA), con las obligaciones y cargas que ello implica, de conformidad con lo establecido en el presente decreto. La función de llevar el Registro Abierto de Avaluadores (RAA) comprende, dentro de su operación, la administración y mantenimiento de la plataforma e implica la implementación del sistema.

Parágrafo

La Superintendencia de Industria y Comercio reconocerá y autorizará a las Entidades Reconocidas de Autorregulación que opten por no llevar el Registro Abierto de Avaluadores (RAA), una vez se encuentre reconocida y autorizada para operar la Entidad Reconocida de Autorregulación que haya decidido llevarlo en los términos establecidos en los siguientes artículos”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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