Micelio

Artículo 5

Despacho De La Rectoría

Decreto 2104 de 2013 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Despacho de la Rectoría . Son funciones del Despacho de la Rectoría, las siguientes

1.

Representar legalmente a la Institución judicial y extrajudicialmente.

2.

Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes.

3.

Evaluar y controlar el funcionamiento general del Instituto e informar al Consejo Directivo.

4.

Ejecutar las decisiones del Consejo Directivo.

5.

Dirigir y coordinar el proceso de Planeación de la Institución.

6.

Garantizar el ejercicio del Control Interno y Gestión de la institución y propender por el mejoramiento institucional.

7.

Crear y conformar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la institución; así como designar el funcionario bajo el cual quedará la coordinación y supervisión del grupo.

8.

Someter el proyecto de presupuesto a consideración del Consejo Directivo y ejecutarlo una vez sea aprobado y expedido legalmente.

9.

Suscribir los contratos y expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Instituto, atendiendo las disposiciones legales vigentes.

10.

Nombrar, remover y administrar el personal del Instituto de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.

11.

Expedir el Manual de Funciones y competencias laborales y velar por su respectivo cumplimiento.

12.

Reglamentar y convocar a elección del representante de egresados, estudiantes, profesores y demás miembros de los diferentes comités que de conformidad con las normas estatutarias hacen parte de las diferentes Corporaciones de la Institución.

13.

Someter al Consejo Directivo, cada mes, un informe sobre ejecución presupuestal y anualmente los estados financieros de la Institución.

14.

Aceptar las donaciones y legados que sean autorizados por el Consejo Directivo.

15.

Presentar los informes al Consejo Directivo, al Ministerio de Educación Nacional y a otras autoridades que lo requieran, en la forma que estos lo determinen, sobre el estado de ejecución de las funciones que corresponden a la institución y los informes generales o particulares que le soliciten.

16.

Resolver en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten a los funcionarios de la institución, de conformidad con la Ley 734 de 2002 o las normas que la modifiquen o sustituyen.

17.

Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos de la Institución, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas.

18.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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