Micelio

Artículo 2

Decreto 1 de 2008 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1152 de 2007, en lo relacionado con el subsidio para la adecuación de tierras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Beneficiarios. Podrán acceder a este subsidio las Asociaciones de Usuarios ya existentes o las que se establezcan bajo cualquier forma asociativa (sociedad, corporación, cooperativa, etc.), siempre y cuando cumplan con las condiciones previstas en el artículo 114 de la Ley 1152 de 2007. Según lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 1152 de 2007, las Asociaciones de Usuarios de las obras de adecuación de tierras que se hagan acreedoras al subsidio correspondiente, adquirirán el carácter de responsables de la operación, mantenimiento y conservación de las obras, y serán las encargadas de la recuperación de las tasas que se cobren por el servicio prestado, para lo cual deberán elaborar y aprobar un reglamento operativo sobre el particular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1 de 2008