Micelio

Artículo 1

Ley 10 de 1880 · Sobre Secretarías de Estado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Para el despacho de los negocios que corresponden al Poder Ejecutivo nacional habrá siete Secretarías de Estado, que se denominarán:

1.ª De Gobierno;

2.ª De Relaciones Esteriores;

3.ª De Guerra i Marina;

4.ª De Instrucción pública;

5.ª Del Tesoro;

6.ª De Hacienda; i

7.ª De Fomento.

Por decreto del Poder Ejecutivo se determinarán i clasificarán los diferentes negociados de la Administración en Departamentos que se distribuirán entre dichas Secretarías.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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