°. Mientras dure la ausencia del Presidente de la Republica de Colombiapor razón de su viaje a la República Federatica del Brasil, delégase en el Ministro de Gobierno, doctor Jorge Mario Eastman, las funciones presidenciales correspondientes a los asuntos que tratan los artículo 86, ordinales 5°, 6°, y 7°del artículo 118; 4° del artículo 119 y 2°, 3°, 5°, 6°, 7°, 12 y 13 del artículo 120 de la Constitución Política.
Decreto 2306 de 1981 →Vigente
Artículo 1
Mientras Dure La Ausencia Del Presidente De La Republica De Colombiapor Razón De Su Viaje A La República Federatica Del Brasil, Delégase En El Ministro De Gobierno, Doctor Jorge Mario Eastman, Las Funciones Presidenciales Correspondientes A Los Asuntos Que Tratan Los Artículo 86, Ordinales 5°, 6°, Y 7°del Artículo 118; 4° Del Artículo 119 Y 2°, 3°, 5°, 6°, 7°, 12 Y 13 Del Artículo 120 De La Constitución Política
Decreto 2306 de 1981 · Por el cual se delegan unas funciones presidenciales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.