Artículo segundo. La emisión de 1967 de los Bonos Agrarios, clase "B" se hará con fecha de noviembre del mismo año y tendrá las siguientes denominaciones: Serie N° de bonos Valor nominal Valor de la serie A 500 1.000 500.000 B 500 5.000 2.500.000 C 700 10.000 7.000.000 E 1.400 50.000 70.000.000 F 1.000 100.000 100.000.000 4.100 180.000.000
Decreto 1575 de 1967 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1575 de 1967 · por el cual se fijan las denominaciones para los “Bonos Agrarios” de la Clase “B” - Emisión de 1967.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.