Artículo primero. A partir del 1° de mayo del año en curso y durante la licencia sin sueldo concedida por Resolución Ministerial número 246 de 22 de abril del presente año y de conformidad con el artículo 291 del Código Político y Municipal a la señora Hersilia Camacho de Cadena, Jefe de Sección III - 13, de la Sección de Almacén y Mantenimiento de la División de Servicios Generales, y bajo la responsabilidad de la titular, encárgase de dichas funciones a la señora Julia de Restrepo, Contador III 11 de la Sección de Ejecución y Control de Presupuesto de la División de Presupuesto del Ministerio, quien tendrá derecho a devengar el sueldo del cargo asignado a la titular, de conformidad con el artículo del decreto número 325 de 4 de febrero de 1954.
Artículo 291
Del Código Político Y Municipal A La Señora Hersilia Camacho De Cadena, Jefe De Sección Iii - 13, De La Sección De Almacén Y Mantenimiento De La División De Servicios Generales, Y Bajo La Responsabilidad De La Titular, Encárgase De Dichas Funciones A La Señora Julia De Restrepo, Contador Iii 11 De La Sección De Ejecución Y Control De Presupuesto De La División De Presupuesto Del Ministerio, Quien Tendrá Derecho A Devengar El Sueldo Del Cargo Asignado A La Titular, De Conformidad Con El Artículo Del Decreto Número 325 De 4 De Febrero De 1954
Decreto 1133 de 1964 · Por el cual se encarga a unos empleados del desempeño de unas funciones en el servicio interno del Ministerio
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.