° Terminado el tiempo del privilejio, pasarán a poder del Gobierno el camino, las bodegas i sus accesorios, quedando solo de propiedad de la Compañía ñas embarcaciones i demas vehiculos que a la sazon tenga empleados en el tráfico fluvial o de tierra.
Ley 99 de 1876 →Vigente
Artículo 4
Ley 99 de 1876 · Sobre fomento, colonización i civilización de indíjenas de la hoya del Sarare
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.