Micelio

Artículo 6

Ley 13 de 1942 · Por la cual se ordena la construcción de dos centrales hidroeléctricas en el Departamento del Tolima y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cédense al Departamento del Huila dos lotes de terrenos baldíos, de dos mil hectáreas cada uno, situados uno sobre los terrenos que atraviesa la carretera de Palermo-Palmira, y el otro sobre los terrenos que atraviesa el camino de Pitalito-La Cruz; estos lotes serán destinados, el primero para una colonia de concentración escolar y el segundo, para una colonia de reformatorio de menores.

Estos lotes serán determinados por el Jefe de Baldíos del Ministerio de la Economía Nacional y el Gobernador del Departamento del Huila.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1942