Micelio

Artículo 8

º Naturaleza De Los Fondos De Inversiones Para El Desarrollo Regional

Decreto 2411 de 1987 · por el cual se reglamentan los Decretos números 3083, 3084, 3085 y 3086 y la Ley 76 de 1985, en lo relativo a la organización de las Regiones de Planificación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º NATURALEZA DE LOS FONDOS DE INVERSIONES PARA EL DESARROLLO REGIONAL. Los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional creados por la Ley 76 de 1985 y los Decretos extraordinarios números 3083, 3084, 3085 y 3086 de 1986, pertenecen a la Nación y funcionarán como cuentas especiales en el Banco de la República para lo cual el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Departamento Nacional de Planeación celebrará con el Banco de la República un contrato en el cual se determinen los términos y condiciones del manejo de estas cuentas especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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