Micelio

Artículo 2

Decreto 452 de 1962 · Por el cual se distribuye parte de la suma global apropiada en el Presupuesto Nacional de Gastos vigente para "aportes contractuales para conservación de la salud, medidas preventivas de salud y saneamiento ambiental

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con base en las sumas distribuídas por el presente Decreto y la distribución del artículo 9282 del actual Presupuesto Nacional de Gastos, se girará en el presente año, previo trámite del certificado de reserva, el valor del aporte nacional fijado en la última acta adicional de prórroga al contrato básico, actualmente vigente, deduciendo el porcentaje para el envío de equipos y elementos por el Almacén General del Ministerio de Salud Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 452 de 1962