La comisión Asesora de Relaciones exteriores estará integrada por: a). cuatro miembros nombrados por el Presidente de la República; b). Un miembro elegido por el Senado de la República. c). Un miembro elegido por la Cámara de Representantes.
Parágrafo
Los miembros de la Comisión Asesora serán designados por dos períodos de dos años y para su nombramiento se observará la reglad e la paridad política.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.