Micelio

Artículo 38

Ley 43 de 1987 · por la cual se regulan varios aspectos de la Hacienda Pública en materia de presupuesto, crédito público interno y externo, impuestos directos e indirectos, se conceden y precisan unas facultades extraordinarias, se establece una inversión forzosa y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los fines de los artículos 34 y 35 entiéndese por impuesto de renta y complementarios a cargo del contribuyente el que resulte de aplicar las tarifas a las bases gravables del impuesto sobre la renta y complementarios y del valor así obtenido restar los descuentos tributarios, sin descontar las retenciones en la fuente, anticipos y saldos a favor de períodos anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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