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Artículo 17

Dirección De Regulación, Planeación, Estandarización Y Normalización

Decreto 262 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Regulación, Planeación, Estandarización y Normalización . Son funciones de la Dirección de Regulación, Planeación, Estandarización y Normalización, las siguientes

1.

Presentar a estudio de la Subdirección las bases de la Política Nacional de Información Oficial Básica y de los mecanismos y sistemas que la soporten y promuevan.

2.

Elaborar el Plan Estadístico Nacional y someterlo a estudio de la Subdirección.

3.

Asesorar a las entidades productoras y usuarias de información oficial básica, en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes estadísticos sectoriales y territoriales.

4.

Elaborar los proyectos de oficialización, adopción y adaptación de las nomenclaturas y clasificaciones usadas en el país para la producción de la información oficial básica y promover el uso de las mismas.

5.

Elaborar lineamientos en materia de estandarización y normalización para la interoperabilidad de los sistemas de información oficial básica.

6.

Promover la adaptación de las clasificaciones, nomenclaturas, correlativas y, en general, la normalización conceptual que requiere el desarrollo de las estadísticas económicas y sociales de responsabilidad del Departamento.

7.

Diseñar las bases que faciliten la articulación de la producción y difusión de información oficial básica con el Sistema de Ciencia y Tecnología.

8.

Elaborar los proyectos de planes plurianuales de gobierno en materia de información oficial básica y elaborar los informes de seguimiento y ejecución de dichos planes.

9.

Elaborar los proyectos de normas técnicas para la producción, el uso, la regulación y la divulgación de la información oficial básica.

10.

Elaborar, coordinar y supervisar la ejecución del Plan Nacional de Información Oficial Básica.

11.

Adoptar, actualizar y desarrollar las clasificaciones económicas y sociales conforme a los estándares y desarrollos internacionales y propiciar su utilización y difusión.

12.

Establecer los lineamientos de carácter metodológico relacionados con la producción y uso de información oficial básica, incluidos los metadatos y normas para tratamiento de información primaria y secundaria.

13.

Certificar la información estadística, en materia de regulación, estandarización y normalización de la información oficial básica, siempre que se refiera a resultados generados y aprobados por el Departamento.

14.

Elaborar los informes de seguimiento a la política y ejecución de los planes plurianuales de gobierno en materia de información.

15.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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