Correctivo por omisión. La omisión o demora injustificada en la rendición de las evaluaciones, dará lugar a la aplicación de correctivos a los responsables.
Cuando se prevea la ausencia del evaluado, evaluador o revisor en las fechas que corresponda evaluar, oportunamente se tomarán las medidas convenientes para no demorar la expedición de tales documentos.
Al personal trasladado se le enterará de su evaluación antes de abandonar la unidad en donde venia prestando sus servicios; de este hecho se dejará constancia en su cese policial. CAPITULOVI AUTORIDADES EVALUADORAS Y REVISORAS.