Los Departamentos conservan el derecho de fiscalizar la renta de tabaco para evitar el contrabando; y el de dictar disposiciones tendientes a evitar el fraude en el tabaco que vaya de tránsito. Esas medidas serán tales que en ningún caso lleguen a gravar o estorbar el cultivo de la planta y el laboreo de la hoja.
Ley 33 de 1916 →Vigente
Artículo 2
Ley 33 de 1916 · Por la cual se eliminan los impuestos diferenciales y se dictan otras disposiciones sobre impuestos departamentales y municipales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.