Micelio

Artículo 23

Decreto 381 de 1922 · Adicional al número 1017 bis, de 16 de agosto de 1901, por el cual se reglamenta el servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes del Jefe de Límites:

1° Coadyuvar a las labores de la Comisión Asesora y de la Oficina de Longitudes por medio de la preparación de memorándums y monografías sobre las comarcas fronterizas de la República, y, en general, sobre la geografía física del país, allegando para el efecto los elementos necesarios;

2° La guarda y conveniente distribución de los útiles del escritorio del Ministerio, y los pedidos de esos útiles a la oficina respectiva,

3° Desempeñar las funciones de Habilitado General del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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