Trasládase al artículo 661 del capítulo 53 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, la suma de seis mil ochocientos cincuenta y cinco pesos ($ 6,855), tomándolos de las apropiaciones del artículo 671 del mismo capítulo 53.
Parágrafo
Dése cuenta a quienes corresponda, y publíquese.