Micelio

Artículo 2.14.25.4.18

No Interferencia En Procesos De Titulación En Curso

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No interferencia en procesos de titulación en curso. Los procesos de ampliación, saneamiento, protección y seguridad jurídica de los que trata este decreto en ningún momento interferirán negativamente en los procesos de titulación colectiva que hoy se encuentran en curso en la ANT. El Gobierno tendrá un plazo máximo de un año para reglamentar estos procedimientos, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015