º. Los Alcaldes, los Inspectores de Policía y los Agentes de la Policía en servicio, están obligados a velar por la estricta observancia de las disposiciones de la presente providencia, y su renuencia o indiferencia para el cumplimiento de su deber será sancionada con la destitución del cargo.
Decreto 1831 de 1956 →Vigente
Artículo 3
Los Alcaldes, Los Inspectores De Policía Y Los Agentes De La Policía En Servicio, Están Obligados A Velar Por La Estricta Observancia De Las Disposiciones De La Presente Providencia, Y Su Renuencia O Indiferencia Para El Cumplimiento De Su Deber Será Sancionada Con La Destitución Del Cargo
Decreto 1831 de 1956 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre vigilancia del consumo de bebidas embriagantes a menores de edad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.