Micelio

Artículo 4

Ley 135 de 1937 · Por la cual se provee a la conservación y fomento de la Escuela y Museo de Bellas Artes y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para destinar al servicio del Departamento Nacional de Provisiones el edificio de la Escuela de Bellas Artes, cuya venta está autorizada por el artículo 5º de la Ley 68 de 1935 . La suma fijada como valor de este inmueble, se tomará del fondo rotativo del Departamento Nacional de Provisiones y se entregará para la construcción de las obras de la Ciudad Universitaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 135 de 1937