Micelio

Artículo 3

Decreto 4675 de 2008 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 4320 de 2008.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Modifícase el artículo 7º del Decreto 4320 de 2008, el cual quedará así: " Artículo 7º. Medida transitoria. La banda o etiqueta dispuesta en el artículo 1º del presente decreto, será exigible para las bebidas alcohólicas que se importen a la zona entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2009.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4675 de 2008