Micelio

Artículo 18

Decreto 1815 de 1992 · por el cual seadopta el Estatuto deTransporte Público Terrestre Automotorde Carga y se derogan los Decretos 1452 de 1987 y 1906 de 1988.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 18 . Las empresas que en la actualidad vienen operando con licencia de funcionamiento expedida bajo las anteriores legislaciones, cumplirán los requisitos aquí exigidos para renovar la licencia que autorizó su funcionamiento, dentro de los seis (6) meses siguientes a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, a excepción de lo consignado en el literal e) del artículo 16.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1815 de 1992